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DANIEL QUINTERO CALLE PERDIÓ TUTELA EN LA QUE PEDÍA PROTECCIÓN AL BUEN NOMBRE POR MENSAJES DE CONCEJALES DE MEDELLÍN

La juez Gretha Camela Camacho Torres, consideró que el ex alcalde ni siquiera aportó solicitud de aclaración a la cuenta X.

El ex alcalde Daniel Quintero Calle perdió una acción de tutela en la que pretendía que concejales de Medellín rectificaran señalamientos contra él en la red social X.

La acción fue contra los concejales Andrés Rodríguez, Sebastián López Valencia, Claudia Carrasquilla, y Alejandro de Bedout. También vinculó a la red X, Google, Concejo de Medellín, Min Tic, Personería, y Teleantioquia.

En sus pretensiones Quintero Calle dijo que pidió rectificaciones a los concejales en mención. También a Teleantioquia, porque según él, habrían hecho afirmaciones en contra de su “buen nombre”.

La juez, Gretha Camela Camacho, del Juzgado Ochenta y Dos Civil Municipal de Bogotá, le hizo algunas aclaraciones a Quintero Calle y por qué la negación de las pretensiones.

Sostuvo que no aportó prueba alguna que permitiera establecer que hizo la reclamación a la cuenta X.

Igualmente que los concejales dieron a conocer informaciones que tienen que ver con sus procesos penales como el que tiene en curso en Fiscalía. “Frente al derecho al buen nombre invocado por DANIEL QUINTERO CALLE las expresiones utilizadas en las publicaciones de la red social X corresponden a hechos reales y concluyentes, obtenidos a partir de indagaciones realizadas sobre la gestión del accionante, producto de hallazgos evidenciados y que hoy son conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, por presuntos delitos denunciados en contra del accionante y, por tal razón, solicito denegar la solicitud de amparo reclamada”.

Que la tutela no era la vía (es subsidiaria), pues se acude a ella cuando no hay otra instancia legal.

El canal Teleantioquia respondió que no tiene por qué rectificar declaraciones de un actor como lo es un concejal, quien lo debe hacer a título personal en caso de incurrir en error.

Tanto Google, como Min Tic, Concejo, y Personería, fueron desvinculados de la rectificación pretendida, al igual que los concejales señalados.

Vale la pena recordar que una cosa es la libertad de expresión y otra la dignidad y el buen nombre. Cuando se trata de figuras públicas es muy complejo probar el daño al buen nombre, porque generalmente  lo que se dice de ellas tienen que ver más con sus funciones por el fuero que ostentan, que por la persona misma.

Hace algún tiempo un alto directivo de órgano público acudió también a la acción de tutela, por informaciones de prensa en su contra, y un juez también llegó a la misma conclusión:  “No se probó un daño a la persona, sino críticas totalmente válidas a quien ostenta un cargo de impacto en la comunidad”.

 

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